martes, 8 de septiembre de 2015

PROYECTO DE INVESTIGACION - DERECHO LABORAL

DEL ÁREA Y TEMA DE INVESTIGACIÓN
-          Área: Derecho
-          Tema:Derecho del Trabajo
-          Título Provisional:“La Indemnización Pecuniaria a Personal de Seguridad, Despedidos Arbitrariamente por la Municipalidad Provincial de Canchis del año 2014”
I.                   EL PROBLEMA DE INVESTIGACIÓN
1.1.            Exposición del problema materia de investigación
            La necesidad de trabajar, a través del tiempo ha evolucionado, hasta que hoy en día es un derecho constitucionalmente protegido, juntamente con la sobrepoblación, y la necesidad y el hambre a la par, es por eso que aunque el trabajo sea considerado como un derecho, la humanidad trabaja por necesidad, por mantener a sus familias y a todos a los que les brinda su protección.
Pero hoy en día, justamente por el motivo de la sobrepoblación, las personas aceptan todo tipo de trabajo sin importar sus derechos laborales, y aceptando pagas denigratorias, sabiendo que en cualquier momento pueden ser removidos o despedidos de su puesto de trabajo, a pesar de esta realidad y al margen de eso, se antepone la ley escrita, dicha ley que quiere recuperar su valía en el ejercicio y vulneración de los derechos laborales, haciendo notar el error del sistema de contratos, que trae como consecuencias el mal uso del dinero de las arcas del Estado, gastando dinero en indemnizaciones a personas por situaciones de despidos arbitrarios, demandas laborales por dicho despido, y restándoles a su dinero a personas jubilados que por cumplimiento de su tiempo en servicio laboral le corresponde, etc. 
1.2.            Interrogantes del problema
1.2.1.      ¿Qué medidas debemos tomar para disminuir lasdemandas ocasionadas por un despido arbitrario?

II.                OBJETIVOS DE LA INVESTIGACIÓN
2.1.            Objetivos Generales
·         Analizar los problemas que se presentarán para descubrir más casos de despido arbitrario en la Municipalidad Provincial de Canchis.
2.2.            Objetivos Específicos
·         Cuestionar lanormativa vigente sobre las modalidades de contratos.
·         Demostrar el despilfarro de dinero de las arcas del estado en indemnizaciones.
·         Demostrar que existe más gente desempleada.
·         Probar el despilfarro de dinero que realiza el estado al contratar por las modalidades de CAS y SNP.
·         Probar el despilfarro de dinero que realiza el estado en un proceso judicial.
III.             JUSTIFICACIÓN DE LA INVESTIGACIÓN
3.1.            Relevancia Teórico- Jurídico
El Tribunal Constitucional en el Exp. N° 00876-2012-PA/TC, sostiene que la suscripción de un contrato administrativo de servicios, luego de demostrada la existencia de una relación laboral de naturaleza indeterminada, vulnera los derechos del trabajador por resultar fraudulento. Pero a la vez también, gran parte de los pronunciamientos del Tribunal Constitucional descartan la posibilidad de reponer a los trabajadores del régimen CAS despedidos injustificadamente, actualmente se está observando un cambio de posición sobre este tema, o sea, no a la REPOSICIÓN pero si a la INDEMNIZACIÓN. 
En la Municipalidad Provincial de Canchis, se ha contratando a personal de seguridad, bajo las modalidades del régimen CAS y los SERVICIOS NO PERSONALES, dando una temible inseguridad laboral para dichos trabajadores.
Teniendo como referencia que en la Gestión de gobierno del alcalde Ricardo Cornejo Sánchez (2011 - 2014), se contrato bajo esas modalidades, pero al ingresar la nueva gestión fueron despedidos, los cuales iniciaron procesos de reposición e indemnización, y de dichos procesos solo fue admitido el 50% de demandas. La nueva gestión 2015 – 2018, contrata a personal de seguridad bajo las mismas modalidades de CAS Y SERVICIOS NO PERSONALES, incurriendo en las mismas vulneraciones y errores, para luego tener las mismas consecuencias, o sea, mas demandas de indemnización o reposición; más desempleados; por lo que es claro que el sistema de contratos laborales para personal de seguridad-serenazgo, hechas por el estado, ha generado grandes problemas, como la inseguridad laboral, mal pago, y en el peor de los casos, el despido arbitrario, y más desempleados en la sociedad.
IV.             MARCO TEÓRICO INICIAL
4.1.            Marco teórico referencial
Para lo cual tenemos los diferentes regímenes laborales y demostrar el error en el sistema de contratos.
REGÍMENES LABORALES EN EL PERÚ:
a.      Régimen Laboral de la Actividad Pública (D. Leg. 276).- Trabajadores del sector público; se determina así, por que el empleador es el Estado, como son: el Poder Judicial, Ministerio Público, ESSALUD, SUNARP, SUNAT, Defensoría del Pueblo, COFOPRI, Tribunal Constitucional, INDECOPI, etc.
b.     Régimen laboral de la actividad privada (D. Leg. 728).- trabajadores del sector privado; se determina así, por que el empleador es un particular.
c.       Régimen laboral de la actividad pública (D. Leg. 1057 - CAS).- Trabajadores del sector público; se determina así, por que el empleador es el Estado.
4.1.1.      ¿Por qué es importante determinar el régimen laboral de cada trabajador?
Para saber,qué derecho y beneficio se le pueden aplicar, pues cada régimen tiene sus propios beneficios y derechos. Ejemplo; la ley N° 24041 - SERVIR, el que regula la permanencia de un trabajador contratado, que tenga más de un año en una plaza orgánica. Este trabajador solo puede ser cesado, previo proceso administrativo disciplinario, por falta grave.
4.1.2.      La ley mencionada requiere de presupuesto para que tengan pleno eficacia:
Primero.- Ser trabajador contratado por el estado.
Segundo.- Trabajar en una plaza orgánica y permanente.
Tercero.- Trabajar en la plaza durante más de un año.
Y analizando estos presupuestos, se entiende que solo se les aplica a los trabajadores del régimen laboral del Decreto Legislativo N° 276. Pero nunca por nunca, se les aplicará a los trabajadores del régimen laboral del Decreto Legislativo N° 728 ni a los trabajadores del régimen laboral del Decreto Legislativo N° 1057 – CAS, aun sabiendo que es del sector público.
Otras aclaraciones, para que un trabajador adquiera protección contra un despido arbitrario, por ejemplo en el régimen del D. Leg. N° 276, es después de un año y un día de haber laborado, estedecreto concuerda con la Ley N° 24041. En el régimen del D. Leg. N° 728, es a los tres meses y un día estipulado en el art. 10 del D. S. 003-97-TR, la que es la etapa de prueba. Y peor aun en el régimen del D. Leg. N° 1057 - CAS, que no tiene protección.
Otra deficiencia del sistema Estatal, sobre las gratificaciones legales, el régimen del D. Leg. N° 276, el aguinaldo es fijado por D.S. N° 138-2011-EF; en el régimen del D. Leg. N° 728, las gratificaciones de Julio y Diciembre es igual a la remuneración del trabajador, pero en el régimen del D. Leg. N° 1057, no tiene derechos, ni aguinaldo ni gratificaciones alguno.
Sobre las vacaciones, en el régimen del D. Leg. N° 276, es de 30 días. En el régimen del D. Leg. N° 728, es de 30 días también; pero en el régimen del D. Leg. N° 1057 es solo por 15 días.
En el caso de las vacaciones no gozadas, en el régimen del D. Leg. N° 276, no existe. En el régimen del D. Leg. N° 728, si existe y es igual a una remuneración mensual. En el régimen del D. Leg. N° 1057, no existe.
Pero lo curioso es que no menciona de la modalidad de contrato de SNP-Servicios No Personales, el que es regulado por el Código Civil, donde hay una falta de transparencia y sinceramiento de los CAP  y de los PAP. Y es evidente el uso desmedido de los servicios no personales (CONTRATOS SNP), con el que contratan a los trabajadores de Seguridad-Serenazgos, todas las entidades del Estado – Municipalidades.
Todo lo mencionado indica una falta de datos confiables sobre el empleo, generando grandes deficiencias como el desorden en los niveles remunerativos y otras falencias que provocó la legislación excesiva y particular el que rige nuestro estado en el ámbito laboral.
4.2.            Terminología Básica
-          Contrato.- Pacto o convenio entre partes que se obligan sobre materia o cosa determinada, a cuyo cumplimiento pueden ser compelidas.
-          Locación de Servicios.- El art. 1764 del C.C. Peruano establece: “por locación de servicios el locador se obliga, sin estar subordinado al comitente, a prestar sus servicio por cierto tiempo o para un trabajo determinado, a cambio de una retribución”.
Contrato Administrativo de Servicios (CAS).-El CAS es una modalidad contractual de la Administración Pública, que vincula a una entidad pública con una persona natural que presta servicios de manera no autónoma; se rige por normas del derecho público y confiere a las partes únicamente los beneficios y las obligaciones que establece el Decreto Legislativo Nº 1057 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 075-2008-PCM.
-          Contrato Laboral.- Acuerdo, que generalmente es escrito, por el que dos o más partes se comprometen recíprocamente a respetar y cumplir una serie de condiciones, como la prestación personal del servicio, el vinculo de subordinación y la remuneración o sueldo, estipulado en los artículos 5, 6 y 9 del D. S. N° 003-97-TR.
-          El Presupuesto Analítico de Personal – PAP.- Es el documento en el cual se considera el presupuesto para los servicios específicos del personal permanente y del eventual, en función de la disponibilidad presupuestal y el cumplimiento de las metas de los subprogramas, actividades y/o proyectos de cada Programa Presupuestario, previamente definidos en la estructura programática, teniendo en cuenta los CAP y lo dispuesto por las normas de austeridad en vigencia, por lo que es un documento de Gestión Institucional, que refleja en términos presupuestarios y financieros el gasto global que representa contar con determinada cantidad y calidad de servidores públicos.
-          Cuadro para Asignación de Personal (CAP).- Es un documento de gestión institucional que contiene los cargos definidos y aprobados de la entidad, sobre la base de su estructura orgánica vigente prevista en un ROF. Esta definición está contenida en el articulo 4 y 8 que propone el D.S. N°  043-2004-PCM, que aprueba los lineamientos para la Elaboración y Aprobación del CAP. También se le define como el documento que contiene los cargos o puestos de trabajo que la entidad ha previsto como necesarios para el adecuado funcionamiento y cumplimiento de los objetivos y fines de los órganos estructurales; su finalidad es regular la cantidad y calidad de los cargos, plazas o puestos con sus respectivas características para el adecuado funcionamiento de la entidad, en concordancia con el ROF y criterios de diseño y estructura de la administración publico que establece la Ley N° 27658 Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado. El objetivo del CAP es priorizar y optimizar el uso de los recursos públicos.
-          Indemnización.- Resarcimiento de un daño o perjuicio. En lo civil, quien por su culpa o negligencia causa un daño a otro está obligado a reparar el perjuicio causado, y aun no existiendo ni culpa ni negligencia, cuando conforme a la ley se tiene que responder por los daños causados por otras personas tenidas a su cargo o bajo su dependencia, o por simple hecho de las cosas de que es propietario o guardador. Asimismo, el perjuicio causado por el incumplimiento de las obligaciones legales, contractuales o extracontractuales, se resuelve por el resarcimiento económico.[1]
-          Despido.- Voz de uso frecuente y de importancia en el Derecho Laboral. Se aplica con respecto a la ruptura unilateral, que hace el patrono, del contrato individual del trabajo celebrado con uno o con varios trabajadores: el despido puede ser injustificado, sin que el despedido haya dado motivo para ello. En este supuesto, el patrono tiene que indemnizar al trabajador en la forma y cuantía que las leyes determina. Las causas de justificación para el despido suelen estar determinadas en las normas legales de ese contrato.
-          Arbitrariedad.- acto, conducta, proceder contrario a lo justo, razonable o legal, inspirado solo por la voluntad, el capricho o un propósito maligno.
-          Indemnización por despido: su naturaleza jurídica.-En los casos de despido dispuesto por el empleador sin justa causa, habiendo o no mediado preaviso, el empleador deberá abonar al trabajador una indemnización equivalente a un mes de sueldo por cada año de servicios o fracción mayor de tres meses, tomando como base la mejor remuneración mensual normal y habitual percibida durante el último año o durante el plazo de prestación de servicios.[2]
4.3.            Bibliografía del Marco teórico Inicial
-          Microsoft® Encarta® 2009. © 1993-2008 Microsoft Corporation - diccionary.
-          OSORIO, Manuel,“Diccionario de Ciencias Jurídicas Políticas y Sociales”, 1ª Edición, Guatemala, Realizada por DATASCAN, S.A., pp. 1007.
-          PÉREZ, Benito, “Derecho Del Trabajo”, Buenos Aires - Argentina, editorial ASTREA, 1983, pp. 520.
V.                La hipótesis de investigación
5.1.            La hipótesis de trabajo:
La indemnización pecuniaria realizada a personal de Seguridad-Serenazgos, los que fueron despedidos arbitrariamente por la Municipalidad Provincial de Canchis es por las fallas que tiene los diferentes regímenes, y esas modalidades de contrato hace incurrir en error como:
-          Los despidos arbitrarios.
-          El despilfarro de dinero de las arcas del estado, y
-          Demandas contra el Estado por dicho despido.
Los cuales generan conflictos, en lo político, social y económico.
5.2.            Las variables:
5.2.1.      Variable Independiente
-          Indemnización pecuniaria.
5.2.1.1.         Indicadores
o   Normatividad Jurídica
o   Burocracia Estatal.
o   La indemnización como derecho.
o   Procedimientos Administrativos y/o judiciales.
5.2.2.      Variable Dependiente
-          Despedidos arbitrariamente.
5.2.2.1.         Indicadores
o   La realidad laboral.
o   Ausencia de trabajo.
o   Sobrepoblación de desempleados.
VI.             Metodología de la investigación
6.1.            Diseño de la investigación
6.1.1.      Cuantitativo
Por cuanto se pone en relieve, la cantidad de personas despedidas y las que iniciaron las demandas contra el Estado, y se verifica a través de encuestas cuantificables.
6.2.            Tipología de la investigación
6.2.1.      Jurídico – descriptivo.
Se analiza la normativa vigente, la que rige el ámbito laboral, en el que se demuestra la falla del sistema.
6.3.            Método de investigación jurídica
6.3.1.      Método exegético
Los diferentes regímenes estudiados y analizados.
6.3.2.      Método Dogmático
Contraponiendo al sistema de contrato de los diferentes regímenes rigentes.
6.4.            Fuentes de investigación
6.4.1.      Fuentes primarios
Realizado en la Municipalidad Provincial de Canchis.
6.4.2.      Fuentes secundarios
Los periódicos, el internet, los medios de comunicación social, etc.
6.5.            Técnicas e instrumentos de investigación
6.5.1.      Observación.
Se tuvo contacto directo con los trabajadores de la Municipalidad Provincial de Canchis.
6.5.2.      Análisis de la normativa vigente.
Se reviso y analizó los diferentes regímenes
-          Régimen Laboral de la Actividad Pública (D. Leg. 276).
-          Régimen laboral de la actividad privada (D. Leg. 728).
-          Régimen laboral de la actividad pública (D. Leg. 1057 - CAS).
6.5.3.      Encuestas.
Se encuestó a personal que labora en la municipalidad provincial de Canchis, y este es el sondeo:
De la pregunta ¿Conoce Ud. que el despedido de su trabajo sin justificación es conocido como despido arbitrario?
El 66,67 % de los encuestados conocen que es despido arbitrario y el 33.33 %, no tiene conocimiento.
De la pregunta ¿sabe Ud. que el despido arbitrario no es legal?
El 55,56 % de los encuestados conocen la ilegalidad del despido arbitrario y el 44.44 %, no tiene conocimiento.
De la pregunta ¿Sabe Ud. Que este tipo de despidos se da más en Instituciones Estatales?
El 55,56 % de los encuestados conocen que las instituciones estatales incurren en este error y el 44.44 %, no tiene conocimiento.
De la pregunta ¿Sabe ud. Si una persona despedido arbitrariamente debe ser indemnizado con un pago?
El 66,67 % de los encuestados consideran un deber la indemnización por dicho despido arbitrario y el 33.33 %, no tiene conocimiento o deja en manos de las autoridades.
De la pregunta ¿Cree ud. Que los trabajadores despedidos arbitrariamente merecen un pago como indemnización?
El 66,67 % de los encuestados consideran que es su derecho por la labor prestada a dicha entidad y el 33.33 %, no tiene conocimiento o deja en manos de las autoridades.
De la pregunta ¿Cree ud. Que el estado gasta más dinero indemnizando a despedidos, que manteniendo a sus trabajadores en sus puestos de trabajo?
El 33,33 % de los encuestados piensan que no es un gasto la indemnización a despedidos arbitrariamente y el 66.67 %, cree que si es un gasto a las arcas de estado, por la mala regulación del ámbito laboral.
De la pregunta ¿sabía Ud. que los trabajadores en seguridad - serenazgos después de unos meses de trabajo son despedidos arbitrariamente?
El 11,11 % de los encuestados conocen la realidad de los trabajadores de seguridad y el 88.89 %, no tiene conocimiento.
De la pregunta ¿sabia Ud. que la municipalidad provincial de Canchis contrata a sus trabajadores por el sistema de Contrato Administrativo de Servicios CAS Y Servicios No Personales SNP?
El 55,56 % de los encuestados conocen las modalidades de contrato que se hace con el estado y el 44.44 %, no tiene conocimiento.
De la pregunta ¿Sabia ud. Que muchos trabajadores de seguridad iniciaron procesos de indemnización contra la municipalidad provincial de Canchis - Estado?
El 22,22 % de los encuestados conocen los procedimientos de inicio de demanda contra los despidos arbitrarios y el 77.78 %, no tiene conocimiento sobre el reclamo de sus derechos o saben que es un proceso largo y costoso, por lo que piensan que perderán el tiempo iniciando un proceso.
De la pregunta ¿cree Ud. que los tipos de contrato que utilizan las Municipalidades para contratar, es un error que los lleva al despilfarro de dinero estatal?
El 66,67 % de los encuestados consideran que si y el 33.33 %, indican que no tienen conocimiento, otros consideran un derecho y otros indican que es un gasto necesario.



[1]OSORIO, Manuel,“Diccionario de Ciencias Jurídicas Políticas y Sociales”, 1ª Edición, Guatemala, Realizada por DATASCAN, S.A., pp. 1007.
[2]PÉREZ, Benito, “Derecho Del Trabajo”, Buenos Aires - Argentina, editorial ASTREA, 1983, pp. 113.

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